Por Fernando Farfán
La Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana (SBLM) hizo pública las bases para el arrendamiento de la Plaza de Toros de Acho.
El arrendamiento de la plaza es por un plazo de cuatro años
y ocho meses que van de abril del 2016 a diciembre del 2020 para la realización obligatoria de la tradicional Feria Taurina del Señor de los Milagros. Asimismo el arrendamiento considera la realización de otros espectáculos taurinos, conciertos, actividades culturales, deportivas y de otra índole.
y ocho meses que van de abril del 2016 a diciembre del 2020 para la realización obligatoria de la tradicional Feria Taurina del Señor de los Milagros. Asimismo el arrendamiento considera la realización de otros espectáculos taurinos, conciertos, actividades culturales, deportivas y de otra índole.
La Feria Taurina del Señor de los Milagros debe constar con un mínimo de cinco corridas de toros y los carteles deben anunciarse seis meses antes de su inicio.
Se exige la presencia de un torero peruano como mínimo.
Plaza de Acho |
El arrendatario solo podrá emitir un máximo de cien entradas de cortesía u otra modalidad de ingreso gratuito.
Quedan excluidos del arrendamiento el museo taurino y el alquiler de almohadillas para todos los espectáculos que se realicen.
La SBPL se reserva el derecho de realizar un mínimo de cinco actividades al año sin pago alguno a favor del arrendatario.
Los postores no deberán tener vinculación económica ni familiar entre sí a efectos que no se configure una concentración de ofertas y se excluyen también de la licitación a las personas que mantengan litigio judicial, arbitral o administrativo contra la SBLM y sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad.
La renta que debe pagar el arrendatario (RT) está dada por la suma de una renta fija (RF), una renta variable (RV) y una inversión anual (IA).
Renta fija (RF)= Pago fijo anual de S/. 625,000.00 como mínimo y con un incremento no menor al 3,70% al año según el índice acumulado de precios al consumidor.
Renta variable (RV)= Pago variable que asciende al 11% como mínimo de los ingresos brutos de todos los espectáculos que se realicen.
Inversión anual (IA)= Inversión anual mínima de S/. 100,000.00 para el mantenimiento de la plaza.
Se otorgará la adjudicación del arrendamiento al postor que obtenga el más alto puntaje según el siguiente criterio:
Renta fija (RF)
S/. 625,000.00 a S/. 775,000.00 60 puntos
S/. 775,001.00 a S/. 925,000.00 70 puntos
S/. 925,001.00 a S/. 1’075,000.00 80 puntos
S/. 1’075,001.00 a S/. 1’225,000.00 90 puntos
S/. 1’225,001.00 a más 100 puntos
Renta variable (RV)
11% a 13% 60 puntos
14% a 16% 70 puntos
17 % a 19% 80 puntos
20% a 22% 90 puntos
23% a más 100 puntos
Inversión anual (IA)
De S/. 100,000.00 a S/. 200,000.00 60 puntos
De S/. 200,000.00 a S/. 300,000.00 80 puntos
De S/. 300,000.00 a más 100 puntos
Para la evaluación y asignación del puntaje final se calculará un promedio ponderado donde la (RF)tiene un peso de 50, la renta variable (RV) un peso de 30 y la inversión anual (IA) un peso de 20.
Para ser adjudicado el arrendamiento el postor hábil debe obtener un resultado de 70 como mínimo.
Según el cronograma de la convocatoria la presentación de la propuesta económica debe realizarse durante los días 12 y 13 abril.
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